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SUMATE A CONSTRUIR UNA MEMORIA DE LA SALUD PÚBLICA

CONVOCATORIA FOTOGRÁFICA

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Imágenes y detalles de la colección fotográfica "Archivo colectivo del derecho a la salud"

ACERCA DE LA PROPUESTA

Te invitamos a sumarte al "Archivo Colectivo del Derecho a la Salud", una colección fotográfica dedicada a reunir, preservar y difundir testimonios visuales sobre el ámbito de la salud pública en nuestro país. Nuestro objetivo es crear un relato plural que documente el trabajo cotidiano, las redes que sostienen y las reivindicaciones que fortalecen este campo.

Actualmente nos encontramos en etapa de recepción de materiales. Tu mirada es importante para la construcción de una memoria viva de la salud pública, un territorio donde se cuida y se imagina lo común.

REGLAMENTO DE BASES Y CONDICIONES

Artículo 1. Participación

La convocatoria está abierta a personas de nacionalidad argentina y extranjeras residentes en el país, mayores de 18 años, dedicadas profesionalmente o como aficionadas a la fotografía.

Artículo 2. Especificaciones técnicas

Se admitirán hasta cinco (5) fotografías digitales inéditas y originales en formato JPG o PNG, en color o blanco y negro. Las mismas deberán contar con una resolución mínima de 2000 píxeles y máxima de 6000 píxeles en el lado mayor. Para el envío deberán nombrarse del siguiente modo: NombreApellido_01.jpg (o .png), usando nombre y apellido sin tildes ni otros caracteres especiales, seguido de un número secuencial de dos dígitos (01, 02, 03, etc.), lo que permite identificar de forma única cada imagen.

Artículo 3. Contenidos temáticos

Las fotografías deben encuadrarse en una de las siguientes cuatro categorías temáticas. Pueden incluir a: trabajadores y profesionales de la salud, integrantes de la comunidad, ciudadanía en general, o usuarios del sistema de salud.

Las categorías son:

  • 1. Defensa de la Salud, la Educación y la Ciencia, con acciones y actividades como marchas, movilizaciones, festivales o abrazos simbólicos.
  • 2. Salud y cuidado comunitario, con experiencias territoriales de atención y cuidado tales como campañas de vacunación o prevención en barrios, acompañamiento sanitario, talleres de prevención, o actividades lúdicas y de promoción de la salud.
  • 3. Escenas del día a día, mostrando el trabajo cotidiano en salud en lugares como hospitales, consultorios, cocina, limpieza o momentos de descanso.
  • 4. Emergencias y contextos críticos, con atención en escenarios complejos, por ejemplo: desastres naturales, crisis sanitarias, accidentes, zonas de conflicto u operativos de búsqueda y rescate.
Artículo 4. Restricción y dignidad humana

En cumplimiento del compromiso de garantizar la protección integral de las personas y la dignidad humana, se excluirán automáticamente las imágenes que contengan niñas, niños y adolescentes cuyo rostro sea identificable o se exponga su identidad. Asimismo, no se aceptarán obras que muestren situaciones que vulneren de manera explícita la privacidad o dignidad de terceros, ni escenas que puedan exponerlos a estigmatización, problemas laborales o conflictos legales. Tampoco se aceptarán obras que incumplan las especificaciones técnicas, sean anónimas, copias, reproducciones o de autoría de personas fallecidas.

Artículo 5. Garantía de autoría y responsabilidad legal

Los autores garantizan ser titulares de todos los derechos sobre las obras presentadas y asumen plena responsabilidad legal por su contenido. Asimismo, deben contar con autorizaciones expresas y por escrito de todas las personas cuya imagen sea reconocible, eximiendo a la AASAP de cualquier responsabilidad civil, penal o patrimonial derivada de su uso. No se aceptarán, en ningún caso, obras que incluyan imágenes de niñas, niños y adolescentes, aun cuando se cuente con autorizaciones o consentimientos, conforme a lo establecido en el Artículo 4 del presente reglamento.

Artículo 6. Modalidad de envío o depósito

El envío se realizará mediante depósito delegado (formulario en línea o medio definido por los organizadores). Los datos proporcionados tienen carácter de declaración jurada y se someterán a los criterios de contenido y protección (artículos 3 y 4) para su inclusión.

Artículo 7. Propiedad intelectual y derechos de autor

Los contenidos estarán disponibles en acceso público, conforme a la Ley N° 11.723. La AASAP conserva copia digital, pero no es titular de los derechos de autor; para gestionar permisos externos, se deberá contactar a los autores. El envío implica la cesión de uso no exclusivo a la AASAP, que podrá utilizarlas únicamente con fines institucionales, culturales, educativos y de difusión, mencionando la autoría.

Artículo 8. Solicitudes de remoción de las obras

El retiro de registros será excepcional y solo se contemplará ante solicitud debidamente justificada del autor o de los titulares de derechos, o bien frente a reclamos de terceros. La AASAP evaluará la solicitud y comunicará su decisión, considerando el valor documental o cultural del material.

Artículo 9. Aceptación de bases y condiciones

La simple participación en la convocatoria implica la aceptación total e incondicional de estas bases y condiciones.

Artículo 10. Imprevistos y modificaciones

La AASAP podrá modificar estas cláusulas por causas de fuerza mayor, sin derecho a reclamo, y resolverá de manera definitiva cualquier situación no prevista en este reglamento.